Cuando nos dicen que una película o una canción tiene copyright, tenemos bastante claro lo que significa. Cuando nos dicen que una fotografía o una novela están en el dominio público, en cambio, no tenemos tan claro lo que eso significa, ni lo que implica. Aunque a más de uno y una le resulte sorprendente, todo el conocimiento producido por la humanidad, durante tantos años, siglos y milenios a lo largo y ancho del mundo, se encuentra en ese lugar llamado dominio público. Es decir, que está listo para ser utilizado por quien quiera y cuando quiera. Gracias a esto ha evolucionado la humanidad hasta llegar a donde nos encontramos hoy en día. Si los idiomas, la agricultura, la cocina, las artes, las culturas, las ciencias y demás han avanzado, ha sido porque han sufrido un uso, una reutilización y unas modificaciones constantes. Lo que garantiza esa tendencia natural del ser humano al reciclaje del conocimiento es el dominio público.
Puede que tú, querido/a lector/a, no tuvieses noticia de dicho término, pero estoy seguro de que conocías de antemano este fenómeno esencial que he mencionado. Gabriel Aresti por ejemplo decía lo siguiente: “Mi poesía es muy barata, la cogí gratis de la boca del pueblo y gratis se la doy al oído del pueblo”. Isaac Newton decía lo siguiente: “Si he visto más lejos, es porque estoy sentado sobre los hombros de gigantes”. Podemos decir que todos estamos de acuerdo con la libre circulación de la música, la ciencia y en general del conocimiento humano. Señal de esto es precisamente que hoy en día, la mayoría de las legislaciones del mundo reconocen y protegen el dominio público y fomentan la difusión del patrimonio cultural local.
Además de esto, durante los dos últimos siglos, siguiendo el caminio abierto por EE.UU., muchas legislaciones del mundo han incluido la regulación de un derecho que conocemos con el nombre de copyright. Teniendo en cuenta el larguísimo desarrollo que ha tenido la humanidad desde su surgimiento, los 127 años que han pasado desde que se firmó el convenio de Berna, es un tiempo insignificante. Pero vivimos en el presente y debemos tener en cuenta la legislación actual.
Lo que llamamos copyright, en realidad incluye dos tipos de derechos. Por un lado, los derechos morales que tiene el autor sobre su obra (derechos de autor), y por el otro lado, el derecho exclusivo del autor de permitir que su obra sea copiada y difundida (copyright). Cuando se legalizó el copyright en EE.UU., la esclavitud -es decir, la posesión de personas- aun existía. Hoy en día, la esclavitud nos parece algo deleznable, pero en cambio el copyright -es decir, la posesión de obras intelectuales- nos parece totalmente natural. Qué paradógico. ¿Cómo cambian las cosas, verdad?
Según las leyes de hoy en día, en el preciso instante en que alguien crea un cuento, un dibujo o un verso, el autor tiene el copyright sobre dicha obra intelectual. Eso significa que sin el permiso expreso del autor, esa obra no puede ni verse, ni escucharse, ni leerse. Y por supuesto tampoco traducirse. Y mucho menos puede ser copiada o distribuida. Por tanto, esa obra no llega al dominio público. Pero tranquilo, porque esos derechos exclusivos que otorga el copyright tan sólo duran un plazo de tiempo. Luego, todos las obras, todos los conocimientos, pasan al dominio público. Por tanto, pasado un determinado tiempo, el copyright caduca y ya cualquiera puede cuando lo desee ver, escuchar, leer y reciclar las obras, dejando que el metabolismo del conocimiento humano siga haciendo su trabajo. Menos mal, ¿verdad? Si no, estaríamos deteniendo la evolución de la humanidad, y eso parece realmente peligroso.
Lo que ocurre es que la protección del copyright se está haciendo cada vez más larga. Cuando se creó, el copyright protegía las obras durante 14 años, para que el autor pudiese recuperarse del esfuerzo realizado al crear la obra. Entonces, ese plazo parecía adecuado y a medida que la sociedad se ha ido haciendo más rápida y dinámica, lo lógico sería que el plazo se hubiera acortado. Pero ha ocurrido lo contrario, el plazo no ha hecho más que alargarse y alargarse. La protección otorgada por el copyright pasó de 14 a 28 años, luego a 42, luego a 56… Aunque resulte sorprendente, hoy en día en Euskal Herria, el copyright dura hasta 70 años tras la muerte del autor. Es decir, que los herederos del autor pueden cobrar dinero por una obra creada por su padre, su abuelo o su bisabuelo. Y claro, durante todo ese tiempo, se generen ingresos o no, la obra sigue sin enriquecer el dominio público. En mi opinión, esa protección del copyright no es correcta; diré más, perjudica el mecanismo de avance del conocimiento humano.
Cuando el autor crea su obra, aunque esté completamente influenciado por las obras anteriores, el hecho es que realiza una aportación, y es completamente justo que sea recompensado por ello. Pero si sólo tenemos en cuenta los resultados económicos que da el copyright, no tendremos en cuenta lo beneficioso que es el dominio público para la humanidad, y al final, estaremos logrando lo contrario de lo que pretendíamos; en lugar de fomentar la creación, obstaculizarla.
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Publicación: La versión en euskara de este artículo la redacté para el suplemento GAUR8 que el diario GARA publica los sábados y vió la luz en dicho medio el 16 de agosto de 2008.
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